Introducción a los códigos periodisticos

La ética proporciona un marco de trabajo para dirigir las funciones esenciales de los periodistas, establecer políticas y desarrollar estrategias para velar por el correcto desempeño profesional. La ética periodística es una serie de valores y normas morales que deberían regir el trabajo de los periodistas. Está nos permitiría determinar que hechos van a publicarse o darse a conocer y cuáles no. 
Por ejemplo: si un periodista se entera de información personal de algún famoso, alguna enfermedad.. tendría que publicarlo? su ética debería plantearle que no.
El compromiso del periodista con la sociedad y su deber de entregar información verificable a la ciudadanía es irrenunciable y es su obligación impedir que bajo ninguna circunstancia, ya sea por presión editorial, publicitaria, política o económica, ésta sea alterada. La omisión, manipulación o el falseamiento de la información es una falta grave que atenta contra la esencia de la actividad de un o una periodista.
Por lo general, los códigos de ética surgen de las situaciones de la práctica profesional cotidiana, y buscan normalizar las obligaciones y los comportamientos a ser adoptados por los periodistas profesionales, así como sus límites, siempre y cuando estos no afecten el derecho de la libre expresión.
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Entre los códigos autoimpuestos pueden citarse como ejemplos los emanados de la Federación Internacional de Periodistas (FIP), de la Organización Internacional de Periodistas (OIP), de la Sociedad  Interamericana de Prensa (SIP), Federación Latinoamericana de Periodistas (FLP), o de la UNESCO.


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En Argentina existe un código de ética surgido del Foro de Periodistas Argentinos (FOPEA). El mismo no tiene alcance legal, tan sólo es “un documento de referencia” para sus miembros, que contiene una serie de artículos que a menudo son violados por ellos mismos. Algunos ejemplos:

18. Es incompatible con la profesión periodística la difusión de mensajes publicitarios explícitos o implícitos.

19. La información noticiosa y la publicidad deben ser claramente diferenciadas. La publicidad informativa, a veces denominada “publinota”, contraviene el principio fundamental e indispensable de caracterización, por lo que debe ser identificada como tal.

22. Ningún periodista debe aceptar pagos, retribuciones, dádivas ni privilegios de ningún tipo que pudieran pretender, de manera explícita o no, incidir sobre un manejo informativo particular. Los sobornos y las prácticas extorsivas son una falta grave."

Algunos puntos de vista sobre la Ética periodística.
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También podemos ver la ética periodística en diferentes partes del mundo y a diferencia de lo que sucede en varios países de América Latina, en Argentina no existe un Colegio de periodistas obligatorio, como sí existen en Chile, Colombia, Haití, Panamá, Venezuela y Costa Rica, donde -por Ley- deben anotarse los periodistas para poder ejercer la profesión.
En nuestro país, el periodismo está regido por la Ley 12.908, conocida como el “Estatuto del Periodista”, promulgada en 1946. Según la norma, el único requisito para ingresar a la profesión es tener más de 20 años y atravesar una etapa de formación de dos años, en relación de dependencia, previa a la obtención de la matrícula de periodista profesional.

La situación es distinta a la de países como Francia, Bélgica, Dinamarca, Alemania o el Reino Unido, en los que las etapas de prueba son obligatorias, con habilitaciones otorgadas por comités específicos. O como el de Italia, donde en donde para ejercer el periodismo es obligatorio -según una Ley que data de 1963- estar inscripto en la Ordine dei Giornalisti.
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